A través de un escrito presentado ante el juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, el magistrado Manuel García Mansilla defendió su nombramiento en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, realizado por decreto en comisión por el presidente Javier Milei, y afirmó que su remoción antes del plazo de un año solo puede darse mediante juicio político.
«Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación«, aseguró el magistrado, quien subrayó que goza de las garantías establecidas en el artículo 110 de la Constitución Nacional.
García Mansilla, el jurista de la Universidad Austral designado por Milei para la Corte Suprema
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En un escrito de 51 páginas, García Mansilla respondió al traslado de Ramos Padilla, quien tramita una causa para impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo. Sumado a esto, planteó la falta de jurisdicción del magistrado y la falta de legitimidad de los actores que impulsaron el amparo, solicitando su rechazo inmediato y amparándose en la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure su designación. En ese sentido, enfatizó que solo el Congreso de la Nación, a través del proceso de juicio político, tiene la facultad de removerlo de su puesto, dado que «un juez no puede remover a otro juez».
Asimismo, el juez de la Corte recordó que fue designado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda en un momento en que el Senado estaba en receso y enfatizó que su nombramiento «se ajusta estrictamente» al artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional. También explicó por qué el máximo tribunal no puede operar de manera óptima con solo tres jueces y argumentó que la convocatoria de conjueces, además de generar conflictos, no soluciona el problema de la subintegración de la Corte. De esta manera, reforzó su postura en defensa de su designación en comisión, la cual surgió ante la falta de consenso en la Cámara alta para tratar los pliegos pendientes.
Sumado a esto, remarcó que su juramento fue tomado por los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y advirtió que cualquier intento de impugnación «atentaría contra el orden público constitucional». «Desde el 27 de febrero de 2025 estoy ejerciendo en la Corte de Justicia de la Nación la función judicial prevista en la Constitución», indicó García Mansilla, enfatizando que su remoción solo puede darse mediante juicio político, conforme a los artículos 53 y 110 de la Carta Magna.
Por otro lado, cuestionó la legitimidad de los demandantes para impugnar su nombramiento. Según expuso, ni la condición de «ciudadano» ni la de asociaciones que promueven el correcto funcionamiento del sistema de justicia otorgan facultades para objetar la designación en comisión, ya que no demuestran un derecho o interés personal afectado.
Según argumentó, «no existe arbitrariedad o ilegalidad» en su designación y cualquier cuestionamiento al Decreto 137/25 no es «manifiesto» como exige la Constitución para su impugnación. Por último, alertó que la continuidad de la causa judicial en su contra comprometería el normal funcionamiento de la Corte Suprema y sostuvo que su remoción fuera del mecanismo constitucional violaría el orden institucional del país.
La disputa del Gobierno por los pliegos
En tanto, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, confirmó este martes que el Gobierno no retirará los pliegos de García Mansilla y Lijo, jueces designados por decreto para integrar la Corte Suprema, en la antesala de la sesión convocada para el 3 de abril en el Senado, donde se analizará la situación de ambos.
La semana pasada, Lijo también presentó un escrito ante el juez Ramos Padilla. En el documento, el titular del Juzgado Federal N° 4 de Comodoro Py ratificó que no renunciará a su cargo, condición que la propia Corte estableció para que pudiera jurar, y expresó su confianza en que el Senado aprobará su pliego, el cual ya cuenta con dictamen favorable. En este contexto, Lijo no dependería de la validez del decreto presidencial, ya que solo asumiría su puesto si obtiene el respaldo de la Cámara alta.
Por su parte, Ramos Padilla, a cargo de la causa que cuestiona la constitucionalidad del decreto del Ejecutivo, resolvió postergar el tratamiento del caso hasta que el Senado aborde los pliegos de García Mansilla y Lijo. La sesión, convocada por la vicepresidenta Victoria Villarruel, está prevista para el jueves 3 de abril.
MB/Gi