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Reforma laboral en Diputados: la oposición dialoguista quiere cambios que el oficialismo no acepta

El proyecto de ley de reforma laboral ya está en la Cámara de Diputados y el oficialismo libertario no quiere perder tiempo: para el miércoles próximo a las 14, tras el fin de semana largo de Carnaval, están convocado el plenario de comisiones de Legislación del Trabajo y Presupuesto y Hacienda.

El objetivo del Gobierno es concluir las sesiones extraordinarias de febrero con la ansiada reforma laboral sancionada por el Congreso, con la media sanción ya obtenida en el Senado y el eventual dictamen de comisiones aprobado sin cambios en el recinto de la cámara baja.

Sin embargo, la oposición dialoguista -que aprueba el espíritu flexibilizador general del proyecto- tiene dudas sobre algunos artículos y ha pedido cambios, como en el referido al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una caja que se nutriría de parte de las cargas patronales de las empresas para financiar las indemnizaciones.

Otro artículo del proyecto que despierta una fuerte controversia es el que reduce hasta el 50% el goce del sueldo durante los primeros tres meses de licencia por enfermedad o accidentes no vinculados al trabajo, lo que es cuestionado por el PRO y otros aliados de La Libertad Avanza, como la UCR y Provincias Unidas, al considerar que abriría la puerta a niveles inéditos de letigiosidad.

El polémico Artículo 44

articulo 44 reforma laboral

El Artículo 44 del proyecto de reforma laboral modifica sustancialmente el esquema de licencias por accidentes o enfermedades inculpables (aquellas que no se derivan de la prestación de tareas laborales) y desata las principales cuestionamientos entre la oposición dialoguista de Diputados.

Según surge del texto oficial, la nueva redacción del Artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo (Nº20.744) establecería un sistema de pagos escalonados que penaliza económicamente a los trabajadores, con un recortes salariales.

En concreto, proyecto libertario establece que:

  • Si el empleador determina que la imposibilidad de trabajar fue producto de «una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo» (por ejemplo, lesionarse jugando al fútbol el fin de semana o practicando cualquier otro deporte), este solo cobrará el 50% de su sueldo durante la licencia.
  • Si considera que no hubo una actividad voluntaria riesgosa (por ejemplo, contraer una gripe severa o sufrir un accidente de tránsito imprevisto), el trabajador percibirá solo el 75% de su remuneración.

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