El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario absolvió a los productores, ingeniero agrónomo y aplicador acusados por fumigaciones en Pergamino, y condenó a dos exfuncionarios municipales por incumplimiento de sus deberes de control.
El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario absolvió a los productores Fernando Cortese, Mario Roces, Víctor Hugo Tiribó, José Grattone y Carlos y Hugo Sabatini, al ingeniero agrónomo y aplicador Cristian Taboada, y condenó a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por cuatro años a los exfuncionarios municipales Mario Daniel Tocalini y Guillermo Nicolás Naranjo por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. La decisión fue tomada por los jueces Román Lanzón, Eduardo Rodríguez Cruz y Elena Beatriz Dilario.
El proceso judicial duró ocho años y se originó por una denuncia de aplicaciones de agroquímicos en la ciudad de Pergamino, provincia de Buenos Aires. Según informó el tribunal, no se demostró el nexo causal entre las aplicaciones denunciadas y la responsabilidad penal de los imputados. Los jueces señalaron que durante el juicio no se logró probar con el grado de certeza exigido por el derecho penal quién realizó cada aplicación ni la participación concreta de cada acusado.
En la lectura del veredicto, los magistrados afirmaron que “está debidamente probado que la exposición a los químicos habitualmente utilizados en la actividad agropecuaria le provocó daños en la salud de Sabrina Ortiz, su familia y otros vecinos de distintos barrios de Pergamino”. No obstante, explicaron que esa conclusión no bastaba para dictar condenas penales sin acreditar la conducta individual de cada imputado.
Los jueces criticaron el alegato de la Fiscalía, al que calificaron de “plagado de generalidades, abstracciones y conclusiones que no tuvieron sustento probatorio”. Remarcaron que para condenar era indispensable probar el nexo causal entre la conducta atribuida a cada imputado y la contaminación denunciada.
El tribunal sostuvo que “en la medida en que se respete la zona de exclusión, la actividad de fumigar en los campos con productos habilitados no está prohibida”. La ordenanza municipal 8126/14, sancionada en Pergamino, regula las aplicaciones de fitosanitarios y establece zonas de prohibición, exclusión y amortiguamiento.
Los condenados, Tocalini y Naranjo, se desempeñaban al frente de la Dirección de Ambiente Rural del municipio. El tribunal consideró que no ejercieron un control efectivo sobre las aplicaciones y respondieron de manera insuficiente frente a los reclamos de los vecinos, configurando un “control aparente”. Además, deberán realizar tareas comunitarias vinculadas con la salud o la protección ambiental.
El fallo dispuso remitir copia de la sentencia al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás para que investigue el accionar del entonces intendente de Pergamino y de otros funcionarios durante el período analizado. Las medidas cautelares dispuestas por el Juzgado Federal de San Nicolás se mantendrán vigentes hasta que la sentencia quede firme.
En su reflexión final, los jueces afirmaron que “un juez penal no es un superhéroe que está acá para satisfacer los deseos de la sociedad de alcanzar algo más justo” y señalaron que la protección del ambiente requiere políticas públicas, regulación y decisiones de otros poderes del Estado.
