El personal de casas particulares recibe en septiembre un incremento salarial del 1,8% y la incorporación al básico del 25% de la suma no remunerativa de agosto, según la resolución 6/2026 publicada en el Boletín Oficial.
En septiembre, el personal que se desempeña en casas particulares recibe un incremento salarial del 1,8%, según lo establecido en el último acuerdo paritario para el sector, cuyos detalles figuran en la resolución 6/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Al aumento salarial se añade la incorporación de un porcentaje del bono extraordinario recibido en agosto al salario básico. De esta manera, el personal del servicio doméstico recibe en septiembre una suba del 1,8% y la incorporación al básico del 25% de la suma no remunerativa del mes anterior.
Montos de septiembre de 2026
Los siguientes son los montos correspondientes a los salarios básicos mínimos establecidos en el nuevo acuerdo para empleados con contratación mensual:
Registro de trabajadores de casas particulares en ARCA
La formalización del vínculo laboral es un aspecto fundamental. Todos los empleadores tienen la obligación de inscribir a su personal en el registro de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), sin importar horas de trabajo ni modalidad.
Este registro se puede realizar de forma virtual de la siguiente manera:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se deberá realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
