El Poder Ejecutivo anunció el envío al Congreso de un proyecto de ley para reformar la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. La iniciativa establece como único objetivo de la entidad la preservación del valor de la moneda, prohíbe el financiamiento al Tesoro y elimina las Letras Intransferibles.
El presidente de la Nación anunció la elevación al Congreso de un proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. Según el anuncio, el proyecto establece que el único objetivo de la entidad será preservar el valor de la moneda, con el fin de que la inflación continúe su camino descendente.
El proyecto incluye la prohibición del financiamiento, tanto directo como indirecto, al Tesoro Nacional, a las provincias y a los municipios. También dispone la eliminación de las Letras Intransferibles emitidas por el gobierno nacional en favor del Banco Central.
En cuanto a la autonomía de la entidad, se propone dar mayor estabilidad a sus funcionarios y aumentar los requisitos para la remoción del presidente y del directorio. Para ello, se requerirá el voto favorable de dos tercios de la Cámara de Diputados y del Senado.
El proyecto incorpora una regla fiscal permanente que impide aprobar o sostener presupuestos deficitarios. En caso de que se produzca un déficit, se paralizarán las actividades no esenciales del Estado, se suspenderán las transferencias discrecionales a las provincias y, mientras dure ese régimen, el presidente, el vicepresidente, los ministros, secretarios, subsecretarios, diputados y senadores dejarán de percibir sus salarios. Como excepción, quedarán protegidas las prestaciones consideradas esenciales, como jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares, seguro de desempleo, salud, seguridad y defensa.
Además, se deroga la facultad del Banco Central de emitir dinero para conceder adelantos transitorios o asistencia financiera directa o indirecta al Tesoro Nacional, a las provincias o a los municipios.
El anuncio menciona antecedentes internacionales de bancos centrales autónomos con prohibición de financiar déficits fiscales. Entre ellos se citan el Banco Central de Chile (autónomo desde 1989 con rango constitucional), el Banco Central de Reserva del Perú (desde 1993), el Banco de la República de Colombia (autonomía en la Constitución de 1991) y el Banco Central do Brasil (autonomía operativa desde 2021). También se mencionan los casos de Uruguay, Paraguay, Costa Rica, Guatemala y República Dominicana.
El texto también hace referencia a Israel, que enfrentó un proceso inflacionario extremo en la década de 1980 y lo revirtió en pocos años mediante el refuerzo de la autonomía técnica del Banco de Israel, con una ley que prohíbe emitir dinero para financiar el gasto del gobierno o conceder préstamos al Tesoro.
