La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió un comunicado el jueves en el que valoró la decisión de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro de revocar las medidas cautelares que restringían la actividad profesional de cinco periodistas que investigaban al presidente de la AFA, Claudio «Chiqui» Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) difundió este jueves un comunicado en el que valoró la resolución de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro que revocó las medidas cautelares que restringían la actividad profesional de los periodistas Nicolás Pizzi, Federico Teijeiro, Bruno Yacono, Luis Gasulla y Mariano Roa. Estas medidas habían sido dispuestas por el juzgado de Garantías de Pilar en el marco de denuncias penales presentadas por Claudio «Chiqui» Tapia, presidente de la AFA, y Pablo Toviggino, tesorero de la entidad.
El fallo original, conocido como «bozal legal», impedía a los periodistas «la captación, reproducción o exposición de datos personales, imágenes o información del ámbito privado o familiar» de los directivos de la AFA. Además, establecía la prohibición de contacto y acercamiento a menos de 500 metros de Tapia y Toviggino y de su grupo familiar.
En su comunicado, ADEPA señaló que la decisión de la Cámara «protege el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión» y la calificó como «un antecedente valioso frente al riesgo de judicializar las investigaciones periodísticas». La asociación, que se presentó como amicus curiae en la causa, subrayó que «medidas de esta naturaleza pueden producir un perjuicio actual y concreto sobre el ejercicio del periodismo, especialmente cuando condicionan la posibilidad de investigar, comunicar, formular preguntas o cubrir asuntos de interés público».
ADEPA también destacó la importancia de que «los tribunales revisen con especial cuidado toda restricción cautelar que pueda afectar directa o indirectamente la labor periodística». En ese sentido, añadió que «la tutela de la intimidad y de la seguridad personal debe ser compatible con el derecho de la ciudadanía a recibir información sobre personas, instituciones y hechos de relevancia pública».
El fallo original había sido dictado por el juez de Garantías de Pilar, Walter Saettone, a raíz de las denuncias penales promovidas por Tapia y Toviggino contra los periodistas, el empresario Leandro Camani y los legisladores Matías Yofe y Facundo Del Gaiso. La medida había sido difundida en medios como «bozal legal» contra los cinco periodistas.
La resolución de la Cámara de Apelaciones revocó esas restricciones, al considerar que pueden afectar el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.
