La Alcaldía de Medellín establece la restricción vehicular Pico y Placa para este lunes 25 de mayo, con horarios y dígitos específicos según el tipo de vehículo.
La Alcaldía de Medellín informó que este lunes 25 de mayo se aplica el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa. La medida busca reducir el parque vehicular, disminuir el tránsito, reducir siniestros automovilísticos y mejorar la calidad del aire.
Para vehículos particulares, los dígitos restringidos son 1 y 7, correspondientes al último número de la placa. Para motocicletas, la restricción aplica sobre el primer número de la placa: 1 y 7. En el caso de los taxis, los dígitos restringidos son 5 y 8. El transporte de carga no tiene restricción en esta jornada.
El horario de aplicación para vehículos particulares y motocicletas es de lunes a viernes de 5:00 a 20:00 horas. Para taxis, el horario es de 6:00 a 20:00 horas.
La Alcaldía actualizó las pautas para el primer semestre de 2026. La rotación semanal para vehículos particulares es la siguiente: lunes: 1 y 7; martes: 0 y 3; miércoles: 4 y 6; jueves: 5 y 9; viernes: 2 y 8. Para motocicletas, la misma rotación se aplica sobre el primer número de la placa.
Vehículos exentos
No todos los automóviles deben cumplir el Pico y Placa. Están exentos los vehículos de emergencia, destinados a atención médica, que utilicen gas natural como combustible, de servicio de transporte terrestre, de transporte de alimentos, de carga, destinados a actividades de servicio público, de medios de comunicación, de seguridad, destinados al transporte de personas con movilidad reducida o en condición de discapacidad, de valores, fúnebres, oficiales, diplomáticos y todos los autorizados por la Secretaría de Movilidad. Los automovilistas no deben solicitar nuevamente la autorización escrita, ya que la Secretaría de Movilidad tiene conexión con el Registro Único de Tránsito (RUNT).
Sanciones
Según el gobierno de Medellín, la multa por violar el Pico y Placa se define por el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. La sanción equivale a 15 días de salario mínimo vigente. Con un salario mínimo diario de 47.450 pesos colombianos, la multa asciende a 711.750 pesos colombianos.
